Muchas veces a los abogados de seguro social le preguntan si una persona se puede incapacitar por tener condiciones respiratorias como, por ejemplo, Asma Crónica Severa, Insuficiencia Pulmonar, Enfisema, Hipertensión Pulmonar, Fibrosis Quística, Bronquiectasias o COPD. Debido a esas preguntas comunes, aquí abajo le incluimos todos los requisitos específicos del Listado 3.00 del Seguro Social para incapacitarse por esas condiciones respiratorias.
Sus condiciones médicas tienen que estar corroboradas por un neumólogo que lo atienda regularmente y que haya corroborado todos sus síntomas y limitaciones. También debe tomar en consideración los Requisitos Básicos del Seguro Social y examinar nuestra página de "Preguntas Comunes" para conocer cómo funciona el procedimiento para incapacitarse ante el Seguro Social.
En vista de que es bastante complicado demostrar que usted cumple con los requisitos por condiciones respiratorias para incapacitarse, es recomendable que se comunique con nuestros Abogados de Seguro Social en Puerto Rico para una consulta gratis llamando al 787-344-9219.
También nos puede escribir a segurosocialporincapacidad@gmail.com si quiere que le expliquemos los requisitos o para presentarnos su consulta particular. Además, lo podemos orientar para el Seguro Social por Incapacidad mediante Mensaje de Texto o WhatsApp.
3.02 Trastornos Respiratorios Crónicos debido a cualquier causa y que cumpla con el inciso A:
A. Un estudio pulmonar en el que salga con un FEV1 menor o igual al valor que sale en la Tabla A dependiendo su edad, sexo y altura sin zapatos:
3.02 Trastornos Respiratorios Crónicos debido a cualquier causa y que cumpla con el inciso B:
B. Un estudio pulmonar en el que salga con un FVC menor o igual al valor que sale en la Tabla B dependiendo su edad, sexo y altura sin zapatos:
3.02 Trastornos Respiratorios Crónicos o COPD debido a cualquier causa y que cumpla con los incisos C o D:
C. Deterioro crónico del intercambio de gases demostrado por los incisos 1, 2 o 3:
O
D. Exacerbaciones o complicaciones que requieren tres hospitalizaciones dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad). Cada hospitalización debe durar al menos 48 horas, incluidas las horas en el servicio de urgencias de un hospital inmediatamente antes de la hospitalización.
3.03 Asma que cumpla con los criterios los incisos A y B:
A. Un estudio pulmonar en que salga con un FEV1 inferior o igual al valor de la Tabla D dependiendo de su edad, sexo y altura sin zapatos y medido durante el mismo período de 12 meses en que haya tenido hospitalizaciones por condiciones pulmonares.
Y
B. Exacerbaciones o complicaciones que requieren tres hospitalizaciones dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad). Cada hospitalización debe durar al menos 48 horas, incluidas las horas en la sala de emergen de un hospital inmediatamente antes de la hospitalización. Se Considerará incapacitado durante 1 año a partir de la fecha de alta de la última hospitalización; después de eso, se evaluara la incapacidad residual bajo otra lista de incapacidad apropiada.
3.04 Fibrosis Quística (FQ) que cumpla con cualquiera de los incisos A, B, C, D, E, F o G:
A. Un estudio pulmonar en que salga con un FEV1 menor o igual al valor de la Tabla E dependiendo su edad, sexo y altura sin zapatos.
O
B. Exacerbaciones o complicaciones que requieren tres hospitalizaciones de cualquier duración dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad).
O
C. Neumotórax espontáneo, secundario a la FQ, que requiere la colocación del tubo torácico.
O
D. Insuficiencia respiratoria que requiere ventilación mecánica invasiva, ventilación no invasiva con BiPAP o una combinación de ambos tratamientos, durante un período continuo de al menos 48 horas, o durante un período continuo de al menos 72 horas si es postoperatorio.
O
E. Hemorragia pulmonar que requiere embolización vascular para controlar el sangrado.
O
F. SpO2 medido por oximetría de pulso ya sea en reposo, durante un 6MWT o después de un 6MWT, inferior o igual al valor de la Tabla VIII, dos veces dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de discapacidad) (Ver Tabla VIII: Criterios SpO2 para 3.04F).
O
G. Dos de las siguientes exacerbaciones o complicaciones dentro de un período de 12 meses (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad):
3.07 Bronquiectasias, documentada por imágenes médicas, con exacerbaciones o complicaciones que requieran tres hospitalizaciones dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad). Cada hospitalización debe durar al menos 48 horas, incluyendo las horas en la sala de emergencias de un hospital inmediatamente antes de la hospitalización.
3.09 Hipertensión Pulmonar Crónica debida a cualquier causa documentada por una presión media de la arteria pulmonar igual o superior a 40 mm Hg determinada por cateterismo cardíaco mientras que es médicamente estable
3.11 Trasplante de Pulmón. Se puede considerar como una discapacidad durante 3 años a partir de la fecha del trasplante; después de eso, se evaluará la discapacidad residual.
3.14 Insuficiencia Respiratoria resultante de cualquier trastorno respiratorio crónico subyacente, excepto la Fibrosis Quística, que requiera ventilación mecánica invasiva, ventilación no invasiva con BiPAP o una combinación de ambos tratamientos, durante un período continuo de al menos 48 horas, o durante un período continuo de al menos 72 horas si es post-operatorio, dos veces dentro de un período de 12 meses y con al menos 30 días de diferencia (el período de 12 meses debe ocurrir dentro del período que estamos considerando en relación con su solicitud o revisión continua de la discapacidad).
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